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Vida

A la hora de pensar en un seguro de Vida, Ud. debe pensar en una empresa que le ofrezca solidez financiera, experiencia, compromiso, servicio.

Productos y servicios que ponemos a tu disposición.

Vida obligatorio

Exceptuando trabajadores rurales y trabajadores contratados por un termino menor a un mes, este seguro de carácter obligatorio, cubre a todos los empleados que se encuentran en relación de dependencia.

  1. Cobertura: muerte por cualquier causa en cualquier parte del mundo. Cobertura 24 hs.
  2. Tasa de Prima mensual: fijada por la SSN es del 0,205%.
  3. Suma asegurada fijada: por la SSN es de $55.000.
  4. Carencia de coberturas: 30 días.
  5. REQUISITOS:
    Trabajador en relación de dependencia:
    – SOLICITUD DE EMISIÓN.
    – NOMINA DEL SUSS Y COMPROBANTE DE CUIT SI ES NUEVO ASEGURADO EN VICTORIA.

*Las sumas aseguradas pueden sufrir variaciones.

Optativos.

Este seguro se le ofrece como modo de otorgar cobertura de seguro a un grupo de personas en un sólo y único contrato.

Coberturas

  • Muerte.
  • Invalidez total y permanente.
  • Doble Indemnización por muerte accidental.
  • Pérdidas físicas parciales (desmembramiento por accidente).
  • Las 24 hs.

 

Modalidades de Contratación

  • Múltiplos de sueldo con capital máximo.
  • Escala de capitales.
  • Capitales individuales.
  • Capitales uniformes.

 

Convenio Mercantil – Convención Colectiva de Trabajo Nro. 130/75.

  • Cobertura: Muerte e Invalidez Total y Permanente por enfermedad y accidente. Cobertura 24 Hs.
  • Tasa de Primas: Uniforme a todo el Grupo.
  • Suma asegurada: $218.322.–*
  • Requisitos: Empleado de comercio en relación de dependencia – Solicitud designación de beneficiarios – Para la cotización: Listados con fecha de nacimiento.
  • Carencia de coberturas: Desde inicio de vigencia siempre que estén en servicio activo (cumpliendo el horario habitual). Aquellos que a la iniciación del seguro no se encontraren en servicio activo, se consideraran asegurables después que haya transcurrido un mes (no menos de 30 días).

 

Los dependientes que en el futuro ingresan adquirirán la calidad de asegurables al cumplir tres meses de antigüedad ininterrumpida en servicio activo.

*Las sumas aseguradas pueden sufrir variaciones.

Ley de Contrato de Trabajo – Ley 27.44.

  • Cobertura: Muerte e Invalidez Total y Permanente por enfermedad y accidente. Cobertura 24 Hs.
  • Tasa de Primas: Uniforme a todo el Grupo.
  • Suma asegurada: Según sueldo y antigüedad.
  • Indemnización: En caso de muerte la obligación a indemnizar es de medio sueldo por cada año de antigüedad y en caso de incapacidad total y permanente, un sueldo por año de antigüedad.
  • Requisitos: Se cubre por listado de personal con relación de dependencia, detallándose para cotizar: fechas de nacimiento – edades – antigüedad en el empleo – Sueldos o jornales.
  • Carencia de coberturas: Desde inicio de vigencia siempre que estén en servicio activo (cumpliendo el horario habitual). Aquellos que a la iniciación del seguro no se encontraren en servicio activo, se consideraran asegurables después que haya transcurrido un mes (no menos de 30 días).

 

Los dependientes que en el futuro ingresan adquirirán la calidad de asegurables al cumplir tres meses de antigüedad ininterrumpida en servicio activo.

Este seguro se ofrece para todo el personal permanente que trabaja en las actividades rurales, comprendido en el entonces denominado Estatuto del Peón (actualmente denominado Régimen Nacional del Trabajo Agrario) y en el régimen jubilatorio establecido para trabajadores rurales.

También podrán adherir los empleados y obreros que se hallen al servicio del empleador y no estén comprendidos obligatoriamente en este seguro.

  1. Cobertura: muerte e Invalidez Total y enfermedad y accidente. Cobertura 24 hs.
  2. Tasa de Primas: Uniforme a todo el grupo.
  3. Suma asegurada: Conforme reglamentación.
  4. Carencia de coberturas: ídem Vida Colectivo – Convenio Mercantil.
  5. REQUISITOS:
    Trabajador Rural en relación de dependencia:
    – SOLICITUD DE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS.
    Para la cotización: listados con fecha de nacimiento.

 

*Las sumas aseguradas pueden sufrir variaciones.

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